Ley y reglamento para la Guardia Nacional de la República Oriental del Uruguay.

Lote: 146

Detalles

Ley y reglamento para la Guardia Nacional de la República Oriental del Uruguay. Montevideo. Imprenta de La República. 1858.

En 8° (16,8 x 11 cm), 31 pp., incluye Portada. Encuadernación rústica de editor con foxing marginal.
La Guardia Nacional, creada por una ley del gobierno del presidente Manuel Oribe el 27 de mayo de 1835 fue abordada nuevamente en 1858 por la ley y su reglamentación aquí ofrecidas en su impreso de época.

Aquella modernización planeada inicialmente en 1853 había quedado pendiente de aprobación por el Senado desde entonces. Pero los sucesos de Quinteros (febrero de 1858), la última revolución de los conservadores acaudillada por César Díaz y derrotada en forma sangrienta por el gobierno de Gabriel Pereira, impusieron a éste —merced al impulso e iniciativa del doctor Vázquez Sagastume— la reconsideración del proyecto de 1853, finalmente aprobado el 7 de julio de 1858 (Ley Nº 581). La Guardia Nacional se dividió así, en activa (de 17 hasta 47 años) y pasiva (hasta los 55 años), en las armas de infantería, caballería y artillería. El 16 de septiembre de 1858, se procedió al enrolamiento de la Guardia Nacional en toda la república de acuerdo a lo dispuesto por ley.

Agradecemos la información brindada por el historiador Alberto del Pino Menck.

Precio base

USD60

Valor estimado
USD 80 -
USD 100

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